Los homínidos en la legislación española [1] por Paula Casal
…soñar con tu libertad me hizo soñar con la mía.
Y tuve esperanza por ti y por mí.
Seguí adelante, tumbando muros [...]
peleando con los míos y contra los míos
para recuperar tu dignidad robada,
mi dignidad al fin.
MIRIAM PEREZ MENDOZA
Fragmento de “Sobre tus pasos”,
poema sobre Guillermo
I. GUILLERMO
La biografía del chimpancé Guillermo es simple: nació en la Orotava y lleva trece años encerrado a oscuras en una jaula de dos metros cúbicos. Ya está. No hubo más eventos en su vida. Nunca se relacionó con su familia
[1]. Nunca vio a un congénere. Nunca toco un árbol o la hierba. Nunca tuvo experiencia del mundo exterior. Ni siquiera vio el cielo o la luz del sol.
Como cualquier niño humano o simio, si no hubiese sido enterrado en vida de este modo, en este tiempo habría aprendido a caminar erguido, a trepar a los árboles, a comunicarse con los demás, a jugar al escondite y a las casitas, a contar, a gastar bromas, a fabricar herramientas, a cooperar, a respetar las normas sociales y miles de cosas más. Podría haber recorrido bosques y praderas, sabanas y selvas, con sus hermanos y amigos, intentando impresionar, y quizá conquistando, a las jóvenes que que llamase su atención. Hasta podría haber comenzado su carrera política, aprendiendo a compartir los hallazgos y los alimentos con los demás, a defender a aquellos que nos han defendido, y a arbitrar en las disputas ajenas de forma imparcial.
Sin embargo, ninguna de estas cosas es parte de su vida, porque no le han dejado salir ni un solo día de la jaula donde languidece. Si al menos estuviese en la costa, donde no hace tanto frío en invierno y la brisa marina alivia el calor estival, el tormento podría ser más llevadero. Pero la jaula está en una finca privada en la Orotava, una lona impide la brisa, y el techo de la jaula es de metal, lo cual hace aun menos soportable el calor del verano canario. La jaula está a la intemperie y el invierno es frío: en el Teide todavía nieva. Ya de estar en el exterior, Guillermo podría tener al menos la ventaja de ver el mundo. Pero no, la lona no sólo le deja sin brisa y sin paisaje, sino que lo mantiene permanentemente a oscuras, sin ninguna estimulación. Ni siquiera ve la televisión, como hacen los presos.
No obstante, estas circumstancias no son lo peor. Lo peor es que Guillermo no es como un pez tropical con una memoria de tres segundos, capaz de morder la misma piedra incansablemente sin enterarse de que no es comestible, porque se le olvida que la acaba de morder. Guillermo tiene una memoria parecida a la nuestra, y por tanto, exceptuando los del comienzo de su vida, recuerda todos y cada uno de esos años de sufrimiento. Sabe que no puede salir y ya ni lo intenta; y el tiempo le pasa más o menos igual de lento que a cualquier presidiario. Además, a diferencia de un pez o de una vaca, Guillermo sabe que es él, Guillermo, el mismo que lleva allí metido todos esos años. Si tuviese un espejito donde mirarse, como cualquier preso, se miraría y sabría que se está mirando a sí mismo. Sólo podría mirarse con un ojo, porque del otro es ciego. Quizá este hecho podría contarse como el único evento de su vida. Pero sus biógrafos tenemos poco que decir al respecto, pues no sabemos si le han pegado o se ha golpeado él mismo de desesperación. La dueña dice que nació así y como Guillermo ha permanecido tan oculto al mundo, como el mundo lo ha estado para él, no hay forma de establecer lo ocurrido[2]. Si tuviese un espejo, Guillermo se daría cuenta de que su ojo izquierdo no es igual que el ojo por el que ve. También se daría cuenta de lo único que cambia con el tiempo: está envejeciendo. De hecho, debido a las insalubres condiciones en que vive, está envejeciendo prematuramente, y en lugar de estar llegando a su plenitud, está mas bien en las últimas: ha perdido mucho pelo, apenas tiene músculos, y se arrastra despacio como un viejecito adolescente.
Como nos ocurriría a cualquiera de nosotros, Guillermo está harto de estar allí. Quiere salir, y está frustrado, angustiado y furioso. Encerrado permanentemente en un espacio lleno de basura y excrementos, donde casi toca ambas paredes simultáneamente, Guillermo sufre ataques de ansiedad, se lanza contra los barrotes, los golpea, se golpea, y luego se deja caer en una esquina, derrotado y sumido en una profunda depresión.
El único otro hecho que podría contarse como un evento importante en su vida es que, hace año y medio, alguien que pasaba junto a la finca le oyó gritar, y se lo contó a alguien. Este alguien se lo contó a otro, que decidió avisar a un grupo de voluntarios con sede en Madrid –el Proyecto Gran Simio–, que trabaja en casos como el de Guillermo. Desde que llegó ese aviso, los miembros de este grupo han estado de la ceca para la meca, de Aduanas al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA), del abogado al Ministerio, removiendo Roma con Santiago para poder liberarle. Han alertado a la prensa y movilizado a todos sus socios. Uno de ellos, Miriam Pérez, vive en Tenerife y cada vez que pasa cerca de la jaula donde Guillermo se golpea contra los barrotes, se le encoge el estómago, y duerme mal discutiendo en sueños con los que no pueden comprender su empeño. Pero es difícil saber si todo esto tendrá algún día alguna incidencia sobre la vida de Guillermo. De momento, prácticamente lo único que ha notado Guillermo es que ha llegado un hombre, se ha fijado en su ojo tuerto, ha visto su jaula y le ha sacado sangre. Nada más. Naturalmente, en una vida como la suya esto ha sido un hecho insólito, y Guillermo gritó y gimió mucho después de que el intruso se hubiese marchado.
II. LA LEY
Cada vez hay más científicos que, teniendo en cuenta una semejanza genética del 98.4% con los miembros de género Homo, consideran a Guillermo un homínido. También hay cada vez más filósofos que –teniendo en cuenta su autoconciencia y facultades mentales– lo consideran una persona. Para la legislación española, en cambio, Guillermo prácticamente no existe.
Para entender la precariedad de su situación legal, hay que tener en cuenta, en primer lugar, que en general los homínidos no son (i) animales de compañía, ni (ii) animales de granja, ni (iii) animales de laboratorio, ni (iv) forman parte de la fauna española en peligro de extinción. Por tanto, no pueden acogerse siquiera a la normativa que da cierta protección a estos colectivos, y quedan, jurídicamente, en una especie de tierra de nadie.
Si Guillermo fuese un perro, tenerle permanentemente encerrado en una jaula tan reducida, sin posibilidad de salir nunca a hacer sus necesidades y algo de ejercicio, podría ser considerado un delito [3]. Pero si Guillermo no se considera doméstico, las mismas acciones dirigidas contra su persona no se consideran delito [4]. Y si las leyes no cambian, cuando Guillermo pase así otros trece años, y otros trece, y otros trece, mantenerle así seguirá sin ser un delito. Y en estas condiciones, la longevidad simia es una auténtica maldición.
Hay dos leyes de ámbito nacional que son directamente aplicables a los homínidos: el convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y la ley de zoos. Como veremos, ninguna de ellas protege a individuos como Guillermo.
A. El CITES
En primer lugar, Guillermo no puede acogerse al convenio CITES, firmado en Washington el 3 de marzo de 1973, y ratificado por España el 16 de mayo de 1986; o por el Reglamento 338/1997 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestre mediante el control de su comercio[5]. Esta normativa, que depende de la Secretaría de Comercio Exterior, perteneciente al Ministerio de Trabajo, Turismo y Comercio, prohíbe la entrada en la Unión Europea –no justificada por motivos científicos– a los animales incluidos en el Anexo I del CITES. Por ello, aunque este convenio internacional ha sido útil para reducir el peligro de extinción de varias especies, no es aplicable a aquellos simios que ya están en territorio español, porque llegaron a España antes de 1986, o porque son hijos de aquellos.
Mediante el convenio CITES, los países firmantes se comprometen a “contribuir a la conservación de los especímenes sin riesgo para su salud”, “desalentar el comercio ilícito” y “encontrar soluciones adecuadas” para los animales decomisados. Veinte años más tarde, un Real Decreto de 21 de noviembre del 2006, “por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio”, promete al fin la tan demorada solución [6]. Los voluntarios del Proyecto Gran Simio tenían alguna esperanza de que se recogiera su propuesta de financiar los gastos de traslado y mantenimiento de los especímenes incautados mediante un impuesto de compraventa de especies exóticas [7]. De esta forma, los problemas serían paliados por la actividad que los genera. También se podría exigir a los contrabandistas que financiasen la reintroducción de los especímenes incautados en su hábitat natural, y cuando esto no fuese posible, su mantenimiento en centros de rescate. Este tipo de medidas honrarían el acuerdo CITES de detener el tráfico ilegal y proteger a las especies, al tiempo que nos permitirían atender a los especímenes exóticos incautados o abandonados. Desafortunadamente, el Real Decreto expone planes muy diferentes.
[1] Uno de los informes indica que cuando Guillermo tenía dos años hubo un intento, breve y fallido, de reintegrarlo a su familia. Desde entonces ha permanecido aislado.
[2] Según el informe veterinario de Jaime Espinosa del 17 de abril del 2006, se trata de una “lesión permanente compatible con una secuela de una panoftalmitis o una uveitis crónica, que hace que este ojo sea totalmente inútil”.
[3] El artículo 337 del Código Penal, modificado por la Ley orgánica de 15/2003, del 25 de noviembre dice: “Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos, causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales”. Aunque la inmovilidad y oscuridad permanente pueden causar “grave menoscabo físico” a un perro o a un chimpancé, el artículo no condena los daños psicológicos, o los causados por negligencia, de modo que incluso si este artículo no fuese aplicable sólo a los animales domésticos, tampoco estaría dando a Guillermo, ni a otros animales, la protección necesaria. Obsérvese además que el artículo condena sólo el ensañamiento injustificado, dando a entender que puede darse y permitirse el ensañamiento justificado.
[4] Guillermo no está acostumbrado a la gente –que es uno de los rasgos que suelen asociarse con el animal doméstico de compañía– , se pone muy nervioso si ve a alguien, y en su actual estado mental es muy peligroso. No obstante, forzando un poco el art. 2 de la Ley 8/1991, de 30 de abril, quizá podríamos entender que a efectos de esta Ley canaria, Guillermo no sólo es “doméstico”, en cuanto que “depende de la mano del hombre para su subsistencia” (¡qué remedio le queda!), sino “animal de compañía”, que “el hombre…alberga principalmente en su hogar”. Como Guillermo vive solo y a la intemperie en una finca, sólo podría figurar como “animal de compañía” si se acepta que “alberga principalmente en su hogar” no significa “alberga principalmente en su hogar y ocasionalmente en otro lugar”, sino “aunque no lo albergue nunca en su hogar”.
[5] Véase Diario Oficial de la Comunidad Europea, DOCE, serie L nº 61 el 03/03/97, modificado por el Reglamento 1497/03 y BOE nº 181 de 30/7/1986.
[6] Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, BOE nº 286, de 30 de noviembre del 2006.
[7] Esta propuesta surgió a partir de una consulta de la Fundación Darwin y el Centro de Asistencia Técnica e Inspección del Comercio Exterior y fue idea de Francisco Cuellar.